El descubierto en cuenta es lo que la mayoría llama «estar en números rojos»: tu saldo baja de cero porque el banco ha pagado un recibo, una compra o una transferencia para la que no tenías dinero suficiente. Parece un despiste sin importancia, pero puede salir caro. Hay bancos que cobran una comisión mínima de 15 € por un descubierto de pocos euros y otros 30 o 40 € más por «reclamarte» la deuda con una carta automática. En esta guía tienes las 6 claves que conviene conocer: qué tipos de descubierto existen, cuánto te pueden cobrar como máximo según la ley, cuándo una comisión es reclamable, qué pasa si no lo regularizas y cómo evitar que vuelva a ocurrir.
En resumen
- Es un crédito: el banco te presta el dinero que falta. Puede ser expreso (pactado en el contrato, con un límite) o tácito (el banco lo tolera sin acuerdo previo).
- Tiene un tope legal: en consumidores, comisión más intereses no pueden dar una TAE superior a 2,5 veces el interés legal del dinero. Con el 3,25 % vigente, el tope es del 8,125 % TAE.
- La comisión de descubierto se cobra una vez por periodo, aunque entres en rojo varias veces, y nunca por un descubierto debido solo a la fecha valor.
- La de reclamación no puede ser automática: el Banco de España exige gestiones reales y el Tribunal Supremo declaró abusiva su cobro automático en 2019.
- Puedes pedir al banco que no pague en descubierto, en el contrato o en cualquier momento. Una alerta de saldo bajo y un pequeño colchón evitan casi todos los casos.
Datos revisados el 17/10/2026 en el Portal del Cliente Bancario del Banco de España, el BOE, la sentencia del Tribunal Supremo 566/2019 y el documento informativo de comisiones de ING.

Índice
- Qué es un descubierto en cuenta
- Clave 1: descubierto expreso, tácito y por valoración
- Clave 2: cuánto te pueden cobrar (el tope legal)
- Clave 3: un ejemplo con números
- Clave 4: la comisión por reclamación de posiciones deudoras
- Clave 5: qué pasa si no regularizas el saldo
- Clave 6: cómo evitar el descubierto en cuenta
- Cómo reclamar una comisión de descubierto
- Preguntas frecuentes
Qué es un descubierto en cuenta
Un descubierto en cuenta se produce cuando el banco atiende un pago aunque no tengas saldo para cubrirlo. El Banco de España lo define como un crédito que te concede la entidad: en lugar de devolver el recibo del alquiler o rechazar la transferencia, el banco pone el dinero que falta y tu cuenta queda en negativo hasta que ingresas lo suficiente.
Es habitual que pase en momentos concretos del mes. La nómina llega el día 1 y el recibo de la luz se carga el 28; el seguro anual del coche coincide con la vuelta de vacaciones; una compra con tarjeta que se hizo sin conexión se anota días después, cuando el saldo ya no da. También pasa con cuentas que se usan poco: si la cuenta tiene una comisión de mantenimiento y está vacía, el cargo de esa comisión puede dejarla en rojo, algo que el Banco de España considera que no debería ocurrir en cuentas inactivas.
Que el banco pague en descubierto no es malo en sí: te evita la devolución de un recibo, con sus posibles recargos y el mal trago con el proveedor. El problema es el precio, que en descubiertos pequeños y cortos puede ser desproporcionado si el banco cobra comisiones mínimas.
Clave 1: descubierto en cuenta expreso, tácito y por valoración
No todos los descubiertos son iguales, y el tipo decide qué te pueden cobrar.
| Tipo | Qué es | ¿Hace falta tu consentimiento? | Qué se puede cobrar |
|---|---|---|---|
| Descubierto expreso | Un límite de crédito pactado en el contrato de la cuenta (por ejemplo, hasta 500 €) | Sí, viene en el contrato | Lo pactado en el contrato: intereses y, en su caso, comisión |
| Descubierto tácito | El banco atiende un pago sin acuerdo previo, como práctica habitual | No, aunque es buena práctica que te deje desactivarlo | Intereses y comisión de descubierto, dentro del tope legal |
| Descubierto por valoración | La cuenta solo queda en negativo por las fechas valor de los apuntes, no porque falte dinero | — | No se puede cobrar comisión de descubierto |
El descubierto expreso funciona como una pequeña línea de crédito. Algunos bancos lo ofrecen como servicio: ING, por ejemplo, tiene en su Cuenta NoCuenta un descubierto expreso («Siempre Cubierto») que, según su documento informativo de comisiones de septiembre de 2026, no cuesta nada si el descubierto es inferior a 10 € o dura menos de 2 días, y 3,99 € al mes en los demás casos.
El descubierto tácito es el más común: no has firmado nada específico, pero el banco paga igualmente. En la misma cuenta de ING, el descubierto tácito tiene un tipo de interés del 7,25 % TIN (7,50 % TAE) y no lleva comisión de reclamación. Cada banco tiene sus propias condiciones, así que lo primero es buscar en tu contrato o en el documento informativo de comisiones de tu cuenta el apartado «Descubiertos y servicios conexos».
El descubierto por valoración es un caso técnico: la cuenta nunca llegó a estar en negativo con los importes reales, pero las fechas valor (la fecha desde la que un ingreso o un cargo cuenta para los intereses) hacen que algún día aparezca en rojo. El Banco de España es claro: por este tipo de descubierto no se puede cobrar comisión.

Clave 2: cuánto te pueden cobrar por un descubierto en cuenta
El coste de un descubierto en cuenta suele tener dos partes: un interés sobre el saldo negativo, que se calcula por días, y una comisión de descubierto, que suele ser un porcentaje del mayor saldo negativo del periodo con un importe mínimo. Las dos juntas tienen un límite.
Para consumidores, la Ley 16/2011 de contratos de crédito al consumo (artículo 20.4) establece que en los descubiertos tácitos no se puede aplicar un tipo que dé lugar a una TAE superior a 2,5 veces el interés legal del dinero. El interés legal sigue en el 3,25 % en 2026, porque los Presupuestos de 2025 están prorrogados, así que el tope es:
| Concepto | Valor en 2026 |
|---|---|
| Interés legal del dinero | 3,25 % |
| Tope de la TAE de un descubierto tácito (2,5 veces) | 8,125 % |
| Coste máximo orientativo de 100 € en descubierto durante 30 días | Unos 0,67 € |
| Coste máximo orientativo de 1.000 € en descubierto durante 30 días | Unos 6,68 € |
El Banco de España recuerda además tres reglas sobre la comisión de descubierto. Debe estar recogida en el contrato. No puede cobrarse más de una vez en el mismo periodo de liquidación, aunque entres en rojo varias veces. Y es incompatible con cualquier comisión de apertura o similar por el mismo descubierto.
La consecuencia práctica es importante: en descubiertos pequeños y cortos, una comisión con un mínimo fijo (es frecuente ver «4,5 % con un mínimo de 15 €» en los folletos de tarifas) dispara la TAE muy por encima del 8,125 %. Lo vemos con números en la siguiente clave.
Clave 3: un ejemplo de descubierto en cuenta con números
Pongamos el caso de Lucía. El día 25 se le carga el recibo anual del seguro de hogar, de 300 €, y su cuenta queda en −300 €. La nómina le llega el día 4 del mes siguiente, así que pasa 10 días en descubierto. Su banco aplica a los descubiertos tácitos un interés del 7,25 % y una comisión del 4,5 % con un mínimo de 15 €.
| Concepto | Lo que cobra el banco del ejemplo | Lo máximo con el tope del 8,125 % TAE |
|---|---|---|
| Intereses (300 € × 7,25 % × 10/365) | 0,60 € | — |
| Comisión de descubierto (4,5 % de 300 € = 13,50 €, mínimo 15 €) | 15,00 € | — |
| Coste total | 15,60 € | Unos 0,67 € |
| TAE resultante | Más del 500 % | 8,125 % |
Visto así, 15,60 € por tener 300 € prestados durante diez días es mucho dinero, y la TAE que resulta supera con creces el límite legal. Si te ha pasado algo parecido, pide al banco el detalle del cálculo y la TAE aplicada. Si supera 2,5 veces el interés legal, tienes base para reclamar la diferencia, como explicamos más abajo.
Ahora el mismo descubierto, pero de 1.000 € durante 30 días: los intereses al 7,25 % serían unos 5,96 € y la comisión del 4,5 %, 45 €. Total, 50,96 €, frente a un máximo de unos 6,68 € con el tope. Cuanto más pequeño y más corto es el descubierto, más se nota el peso de la comisión.
Para comparar: un adelanto de nómina sin intereses, si tu banco lo ofrece, o simplemente mover dinero desde la cuenta de ahorro el día antes del recibo cuesta 0 €. Un descubierto debería ser un accidente puntual, nunca una forma de financiarse a fin de mes.
Clave 4: la comisión por reclamación de posiciones deudoras
Además de la comisión de descubierto, muchos contratos incluyen un «gasto por reclamación de posiciones deudoras»: un importe fijo, a menudo de entre 30 y 40 €, que el banco cobra por gestionar el cobro de un saldo negativo que no has cubierto. Son dos cosas distintas: la comisión de descubierto paga el crédito que te ha dado el banco; la de reclamación, en teoría, el trabajo de recuperarlo.
Esa segunda comisión tiene condiciones estrictas según los criterios de buenas prácticas del Banco de España:
- Tiene que estar en el contrato.
- Solo se puede cobrar si el banco ha hecho gestiones reales de reclamación ante ti, que debe poder demostrar. Una carta generada automáticamente no basta.
- Se cobra una sola vez por el mismo saldo, aunque te reclamen varias veces.
- Debe ser un importe fijo, no un porcentaje, y proporcional al coste real de la gestión.
- El banco debe informarte del plazo que tienes para regularizar el saldo antes de cobrarla.
El Tribunal Supremo fue más allá en su sentencia 566/2019, de 25 de octubre: declaró abusiva y nula una cláusula que permitía cobrar esta comisión de forma automática, sin distinguir si hubo gestiones ni cuántas. Desde entonces, si te cargan 30 o 40 € de «reclamación» el mismo día que entras en descubierto, sin llamada ni comunicación previa, lo normal es que sea reclamable.
Clave 5: qué pasa si no regularizas el descubierto en cuenta
Si dejas el saldo en negativo, el banco te pedirá que lo cubras y te indicará un plazo. Según el Banco de España, un saldo ya reclamado y no regularizado no puede generar nuevas comisiones de descubierto ni nuevos gastos de reclamación, pero sí intereses de demora.
Si la deuda sigue sin pagar, el banco puede comunicarla a un fichero de morosos. La Ley Orgánica 3/2018 de protección de datos pone dos condiciones importantes: la deuda debe ser cierta, vencida y exigible, y no se pueden incluir deudas de principal inferior a 50 €. Además, el acreedor tiene que haberte requerido el pago antes, avisándote de que puede incluirte en el fichero. Estar en uno de esos ficheros complica pedir un préstamo, una hipoteca o incluso contratar algunos servicios.
Otra situación que conviene conocer: el cargo de un embargo no debería dejarte en descubierto. Si Hacienda o un juzgado embarga tu cuenta, el banco retiene el saldo disponible, no te «presta» dinero para pagar la deuda. Si ves un descubierto causado por un embargo, merece la pena reclamarlo.
Clave 6: cómo evitar el descubierto en cuenta
Casi todos los descubiertos se evitan con tres hábitos sencillos:
- Activa las alertas de saldo bajo en la app de tu banco (por ejemplo, un aviso cuando baje de 100 €). Es gratis en la mayoría de bancos y te da margen para mover dinero.
- Deja un pequeño colchón en la cuenta de los recibos. Con 150–200 € que no toques nunca, un recibo inesperado no te deja en rojo. El resto del ahorro, mejor en una cuenta que pague intereses.
- Revisa el calendario de recibos: seguros anuales, IBI, matrículas, suscripciones. Si alguno cae antes de cobrar, puedes pedir al emisor que cambie el día de cargo o programar una transferencia desde tu ahorro unos días antes.
También puedes pedir a tu banco que no atienda pagos en descubierto. El Banco de España recuerda que puedes hacerlo al contratar o en cualquier momento después. Ten en cuenta la contrapartida: si no hay saldo, el recibo se devolverá, y algunos emisores cobran un recargo por la devolución. Para la mayoría de la gente, la combinación de alerta y colchón funciona mejor que bloquear los descubiertos.
Si tu banco cobra comisiones elevadas por los descubiertos y además por mantener la cuenta, quizá sea el momento de cambiar a una cuenta sin comisiones. En la comparativa de cuentas sin comisiones tienes las condiciones de los principales bancos, y en la guía para cambiar de banco, cómo llevarte los recibos sin que se pierda ninguno. Si quieres automatizar el colchón, lo explicamos en ahorro automático.
Cómo reclamar una comisión de descubierto en cuenta
Si crees que te han cobrado de más, el proceso es el mismo que para cualquier otra comisión bancaria:
- Reúne los papeles: el extracto con el descubierto, el cargo de las comisiones y el contrato o documento de comisiones de tu cuenta.
- Pide el cálculo: solicita al banco por escrito el detalle de intereses y comisiones y la TAE aplicada.
- Reclama al servicio de atención al cliente del banco, explicando por qué el cobro no es correcto: TAE por encima de 2,5 veces el interés legal, comisión de descubierto cobrada dos veces en el mismo periodo, descubierto por valoración o gasto de reclamación sin gestiones reales.
- Si no te responden o no te dan la razón, puedes acudir al Banco de España. Tienes los plazos y un modelo de escrito en nuestra guía para reclamar al banco.
Es habitual que, ante una reclamación bien argumentada por una comisión pequeña, el banco devuelva el importe sin llegar más lejos. Guardar la respuesta por escrito te sirve si vuelve a pasar.
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Preguntas frecuentes sobre el descubierto en cuenta
¿Cuánto cobra el banco por estar en descubierto?
Depende del contrato. Lo habitual es un interés sobre el saldo negativo y, en algunos bancos, una comisión de descubierto con un mínimo. En consumidores, la suma no puede dar una TAE superior a 2,5 veces el interés legal del dinero, es decir, un 8,125 % en 2026.
¿Me pueden cobrar la comisión de descubierto varias veces en el mismo mes?
No. Según el Banco de España, la comisión de descubierto solo se puede cobrar una vez por periodo de liquidación, aunque la cuenta entre en negativo varias veces.
¿Es legal la comisión por reclamación de posiciones deudoras?
Puede serlo si está en el contrato, responde a gestiones reales de reclamación y se cobra una sola vez por el mismo saldo. Cobrarla de forma automática, sin gestiones, fue declarado abusivo por el Tribunal Supremo en 2019.
¿Puedo pedir que mi banco no me deje en números rojos?
Sí. Puedes pedir que no se atiendan pagos en descubierto, al contratar o en cualquier momento. A cambio, los recibos sin saldo se devolverán.
¿Me pueden meter en un fichero de morosos por un descubierto?
Solo si la deuda es cierta, vencida y exigible, el principal es de al menos 50 € y te han requerido el pago antes avisándote de esa posibilidad. Si la deuda está en discusión por una reclamación, no deberían incluirte.
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Fuentes consultadas
- Banco de España: ¿Estás o has estado en descubierto? (18/06/2026)
- Banco de España: descubierto y gastos por reclamación de posiciones deudoras
- BOE: Ley 16/2011, de contratos de crédito al consumo (artículo 20)
- BOE: Ley Orgánica 3/2018, de protección de datos (artículo 20 y disposición adicional sexta)
- Tribunal Supremo: sentencia 566/2019, de 25 de octubre
- ING: documento informativo de las comisiones
- OCU: interés legal del dinero y de demora en 2026
Descargo de responsabilidad
Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento financiero ni jurídico personalizado. Los ejemplos son casos hipotéticos y los cálculos, orientativos. Las condiciones de cada cuenta dependen de su contrato y pueden cambiar: compruébalas en el documento de comisiones de tu banco. Si tu caso tiene importes relevantes, consulta con una asociación de consumidores o un profesional. Datos revisados el 17/10/2026.
Revisado por Daniel el 17 de octubre de 2026.



