El Fondo de Garantía de Depósitos es la razón por la que casi nadie en España se preocupa de si su banco puede quebrar. Garantiza hasta 100.000 euros por persona y entidad, pero esa cifra tiene letra pequeña: cuentas conjuntas, marcas comerciales que en realidad son el mismo banco, neobancos que dependen del fondo de otro país y productos que parecen depósitos y no lo son.
En esta guía tienes lo que cubre y lo que no, con ejemplos numéricos, una tabla de qué fondo protege las cuentas más habituales, el truco del código del IBAN para saber si dos cuentas cuentan como un solo banco y un método sencillo para repartir el dinero si tienes más de 100.000 euros ahorrados.
En resumen
- El FGD cubre hasta 100.000 € por titular y entidad en dinero (cuentas y depósitos), intereses incluidos, y paga en un máximo de 7 días hábiles sin que tengas que pedirlo.
- Aparte, cubre hasta otros 100.000 € en valores (acciones, fondos, bonos) si el banco quiebra y no puede devolvértelos. No cubre las pérdidas por caídas del mercado.
- El límite es por entidad, no por marca: imagin y CaixaBank suman juntos; Openbank y Santander son bancos distintos y cada uno tiene su propio límite.
- ING, N26 o Revolut están protegidos por el fondo de su país de origen (Países Bajos, Alemania, Lituania), también con 100.000 €.
- Si recibes una cantidad grande por vender tu vivienda, una herencia o una indemnización, durante 3 meses la cobertura puede superar los 100.000 €.
Índice
- 1. Qué es el Fondo de Garantía de Depósitos
- 2. Cuánto cubre y cómo se calcula
- 3. Qué cubre y qué no cubre
- 4. Cuentas conjuntas y marcas comerciales
- 5. Neobancos y bancos extranjeros
- 6. Qué pasa si tu banco quiebra
- 7. Cómo organizarte si tienes más de 100.000 €
- Preguntas frecuentes
1. Qué es el Fondo de Garantía de Depósitos
El Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito (FGD) es el organismo que devuelve a los clientes su dinero, hasta un límite, cuando un banco, una caja o una cooperativa de crédito no puede hacerlo. Se creó con el Real Decreto-ley 16/2011, que unió en uno solo los tres fondos que existían antes (el de bancos, el de cajas de ahorros y el de cooperativas), y funciona según el Real Decreto 2606/1996, cuyo texto consolidado se actualizó por última vez en noviembre de 2021.
Dos detalles que conviene saber. El primero: no se financia con impuestos, sino con las aportaciones obligatorias de las propias entidades, que pagan en función de los depósitos que tienen y de su nivel de riesgo. El segundo: todas las entidades de crédito españolas están obligatoriamente adheridas, igual que las sucursales en España de bancos de fuera de la Unión Europea. Los bancos de otros países de la UE que operan aquí con sucursal (ING, Revolut o N26, por ejemplo) quedan cubiertos por el fondo de su país de origen, que funciona con las mismas reglas básicas porque todos aplican la misma directiva europea.
Lo que el fondo de garantía de depósitos no hace es vigilar a los bancos: eso corresponde al Banco de España y, en el caso de las entidades grandes, al Banco Central Europeo. El FGD actúa al final, cuando todo lo demás ha fallado.
2. Cuánto cubre el Fondo de Garantía de Depósitos y cómo se calcula
La cifra que todo el mundo conoce es correcta: 100.000 euros por depositante y por entidad, un límite que está vigente desde octubre de 2008 (antes era de 20.000 €). Pero la forma de calcularlo tiene matices que cambian el resultado:
- Se suman todas tus cuentas en la misma entidad: la corriente, la de ahorro, los depósitos a plazo y la cuenta en dólares. El límite no es por cuenta, sino por persona y banco.
- Incluye los intereses devengados y todavía no pagados hasta la fecha en que el banco entra en insolvencia.
- Las cuentas en divisas se pasan a euros al tipo de cambio del día en que se declara la insolvencia.
- Tus deudas con el banco pueden restarse, pero solo las que ya fueran exigibles en esa fecha (una cuota de préstamo vencida y sin pagar, por ejemplo). La hipoteca pendiente de pagar en los próximos años no se descuenta de tu saldo.
Pongamos el caso de Lucía, que tiene en el mismo banco una cuenta corriente con 12.000 €, una cuenta remunerada con 55.000 € y un depósito a un año de 40.000 € que ha generado 900 € de intereses aún no abonados. En total, 107.900 €. El fondo le devolvería 100.000 € y los 7.900 € restantes pasarían a ser un crédito frente al banco en liquidación, que podría recuperar en parte, tarde o nunca.
| Situación | Saldo en la entidad | Lo que cubre el FGD | Queda sin cubrir |
|---|---|---|---|
| Una persona, varias cuentas en el mismo banco | 107.900 € | 100.000 € | 7.900 € |
| Una persona, 60.000 € en un banco y 60.000 € en otro | 60.000 € + 60.000 € | 120.000 € | 0 € |
| Cuenta conjunta al 50 % entre dos personas | 180.000 € | 180.000 € (90.000 € cada una) | 0 € |
| Cuenta conjunta al 50 % entre dos personas | 260.000 € | 200.000 € (100.000 € cada una) | 60.000 € |
| Una persona con 70.000 € en cuenta y 90.000 € en fondos depositados en el banco | 70.000 € + 90.000 € en valores | 70.000 € (dinero) + 90.000 € (valores, si no se pueden devolver) | 0 € |
Saldos temporalmente elevados: cuando la cobertura supera los 100.000 €
Hay un caso poco conocido que puede ser muy importante en la vida de una familia. Si ingresas una cantidad grande por ciertos motivos, el fondo la protege por encima de los 100.000 € durante los tres meses siguientes al ingreso. Los supuestos son:
- La venta de una vivienda de uso residencial.
- Pagos ligados a matrimonio, divorcio, jubilación, despido, invalidez o fallecimiento (una herencia, una indemnización por despido, el rescate de un plan de pensiones al jubilarte).
- El cobro de un seguro o de una indemnización por daños derivados de un delito o de un error judicial.
Un ejemplo: vendes tu piso por 280.000 € y el dinero entra en tu cuenta el 1 de marzo. Si el banco quebrara el 20 de abril, esos 280.000 € estarían protegidos, pero tendrías que demostrar su origen con la escritura de compraventa. A partir del 1 de junio, la protección vuelve al límite normal de 100.000 €. Moraleja práctica: si vendes una casa o cobras una herencia, tienes tres meses para decidir con calma dónde repartir el dinero.
3. Qué cubre y qué no cubre el Fondo de Garantía de Depósitos
Aquí está la mayor fuente de confusiones. El Fondo de Garantía de Depósitos tiene dos garantías distintas, cada una con su propio límite de 100.000 €:
- Garantía de depósitos en dinero: cuentas corrientes, cuentas de ahorro, cuentas remuneradas y depósitos a plazo, en euros o en otra divisa.
- Garantía de depósitos en valores: acciones, bonos o participaciones de fondos que el banco guarda por ti. Solo actúa si la entidad quiebra y no puede devolverte esos valores (por ejemplo, porque no aparecen o se han usado indebidamente). Si tus acciones han bajado un 30 % porque ha caído la bolsa, esa pérdida es tuya: el fondo no la cubre.
Conviene aclarar algo que tranquiliza: los fondos de inversión y los planes de pensiones son patrimonios separados del banco que los comercializa. Si el banco quiebra, tus participaciones siguen siendo tuyas y pueden traspasarse a otra gestora. El riesgo real en esos productos no es la quiebra, sino el mercado.
| Producto | ¿Lo cubre el FGD? | Qué conviene saber |
|---|---|---|
| Cuenta corriente, de ahorro o remunerada | Sí, hasta 100.000 € | Suma con el resto de tu dinero en la misma entidad |
| Depósito a plazo | Sí, hasta 100.000 € | Incluye los intereses devengados |
| Acciones, bonos o fondos depositados en el banco | Sí, otros 100.000 € aparte | Solo si no te los pueden devolver; nunca cubre caídas de precio |
| Planes de pensiones | No | Son un patrimonio separado del banco; el riesgo es de mercado |
| Seguros de ahorro (PIAS, unit linked, seguros de vida ahorro) | No | Los protege la normativa de seguros, no el FGD |
| Saldo en una entidad de pago o de dinero electrónico que no es banco | No | La entidad debe «salvaguardar» tu dinero separado del suyo, pero no hay garantía de 100.000 € |
| Criptomonedas | No | Ni siquiera si las compras desde la app de tu banco |
| Dinero en fondos del mercado monetario | No como depósito | Es una inversión: está separada, pero no es un depósito garantizado |
El caso de las entidades de pago merece una línea más. Muchas apps de pagos, tarjetas prepago o monederos digitales no son bancos, sino entidades de pago o de dinero electrónico. No pueden prestar tu dinero y están obligadas a guardarlo separado del suyo, lo que en caso de quiebra es una protección real, pero distinta del FGD y con procesos de devolución más lentos. Si usas una de estas apps como cuenta principal, compruébalo en su información legal; en la comparativa de tarjetas prepago verás que muchas funcionan así.

4. Fondo de Garantía de Depósitos en cuentas conjuntas y marcas comerciales
Cuentas con varios titulares
En una cuenta conjunta, el límite se aplica a cada titular según su parte. Si no se ha pactado otra cosa, se reparte a partes iguales. El propio FGD pone este ejemplo: una cuenta de 300.000 € de dos titulares al 50 % tiene cubiertos 100.000 € de cada uno, es decir, 200.000 €. Los otros 100.000 € no están protegidos.
Es habitual que una pareja tenga una cuenta común y además cada uno su cuenta individual en el mismo banco. En ese caso, a cada persona se le suma su mitad de la conjunta más su cuenta propia, y el límite de 100.000 € se aplica sobre el total. Los autorizados (por ejemplo, un hijo que puede operar en la cuenta de sus padres) no son titulares y no tienen cobertura propia.
Qué diferencia hay entre titular y autorizado, de quién es realmente el dinero de una cuenta compartida y cómo se cuenta en un embargo o una herencia lo explicamos en la guía de la cuenta conjunta.
Marcas comerciales: el límite es por entidad
Este es el error más caro. Muchos bancos venden productos con nombres distintos que, jurídicamente, son la misma entidad. El Fondo de Garantía de Depósitos lo dice claro: la cobertura se aplica a la suma de todos tus depósitos en la entidad, sea cual sea la marca comercial.
- imagin es una marca de CaixaBank: lo que tengas en imagin y en CaixaBank suma para el mismo límite.
- B100 es una marca de Banco Sabadell: la cuenta de B100 y una cuenta en Sabadell comparten los 100.000 €.
- Openbank, en cambio, es un banco con ficha propia (Open Bank, S.A.), aunque pertenezca al Grupo Santander: tiene su propio límite de 100.000 €, independiente del de Banco Santander.
Hay una forma rápida de comprobarlo sin buscar en ningún sitio: mira el IBAN. En un IBAN español, las cuatro cifras que van después de «ES» y los dos dígitos de control identifican a la entidad. Si dos cuentas tienen el mismo código, son el mismo banco a efectos del fondo.
| Entidad | Código en el IBAN (cifras 5 a 8) | Fondo que la cubre |
|---|---|---|
| Banco Santander | 0049 | FGD (España) |
| Openbank (Open Bank, S.A.) | 0073 | FGD (España), límite propio |
| BBVA | 0182 | FGD (España) |
| CaixaBank e imagin | 2100 | FGD (España), límite compartido |
| Banco Sabadell y B100 | 0081 | FGD (España), límite compartido |
| ING (sucursal en España) | 1465 | Fondo de Países Bajos |
| Revolut (sucursal en España) | 1583 | Fondo de Lituania |
5. Neobancos y bancos extranjeros: qué fondo te protege
Cada vez más gente tiene su dinero en neobancos o en bancos europeos que operan desde otro país. La buena noticia es que dentro de la Unión Europea todos los fondos de garantía cubren como mínimo 100.000 € y pagan en 7 días hábiles, porque aplican la misma directiva. La diferencia está en quién paga y cómo.
- ING opera en España como sucursal del banco neerlandés, así que la garantía la da el fondo de los Países Bajos.
- N26 es un banco alemán: lo protege el sistema legal de garantía de depósitos de Alemania.
- Revolut presta sus servicios en España a través de Revolut Bank UAB, Sucursal en España. Según su información legal, los depósitos admisibles están cubiertos por el fondo de garantía de Lituania hasta 100.000 € y el pago se hace en un plazo máximo de 7 días laborables. Tener IBAN español no cambia el fondo que te cubre.
- Trade Republic explica en su centro de ayuda que el efectivo de sus clientes se reparte en cuentas fiduciarias en varios bancos asociados, cada uno cubierto por el fondo de su país, y que parte del saldo puede invertirse en fondos del mercado monetario. Esa parte ya no es un depósito y no tiene la garantía de 100.000 €, aunque sigue siendo tuya y está separada del patrimonio de la empresa. Desde finales de septiembre de 2026, además, la entidad está pidiendo a una parte de sus clientes con saldos altos que acepten nuevas condiciones: el efectivo que supere un umbral individual (que no es público y se revisa cada mes) puede pasar a un fondo monetario de DWS. El plazo para aceptarlas acabó el 9 de octubre de 2026; quien no las aceptó ha dejado de cobrar intereses hasta que lo haga (los días sin aceptar no se recuperan). Si recibiste ese aviso y quieres tener todo tu dinero cubierto, mantén el saldo por debajo del umbral o reparte el resto en otra entidad.
Si el banco extranjero tiene sucursal en España y quiebra, el FGD suele encargarse de gestionar los pagos a los clientes españoles en nombre del fondo del país de origen, así que en la práctica no tendrías que reclamar en otro idioma. Aun así, conviene leer una vez el documento de «Información básica sobre la cobertura de los depósitos», que todas las entidades están obligadas a darte al abrir la cuenta y que suele estar en su web, en el apartado legal. Si tienes cuentas en el extranjero, recuerda también sus obligaciones fiscales: lo explicamos en la guía del modelo 720.
6. Qué pasa si tu banco quiebra: el proceso paso a paso
En España no se ha llegado a ejecutar la garantía en un gran banco desde hace décadas, porque las crisis se han resuelto casi siempre con ventas o rescates (el Banco Popular, en 2017, se vendió al Santander por un euro y sus clientes no perdieron sus depósitos). Pero si llegara a ocurrir, el proceso es este:
- El Banco de España declara que la entidad no puede devolver los depósitos o un juez declara el concurso. Esa fecha es la de referencia para calcular tu saldo.
- El Fondo de Garantía de Depósitos contacta contigo. No tienes que presentar ninguna solicitud previa ni pagar nada.
- Confirmas tus datos y facilitas el IBAN de una cuenta en otra entidad, que es donde te ingresarán el dinero.
- Cobras en un máximo de 7 días hábiles los depósitos en dinero. Los valores que no puedan devolverse se pagan en un plazo de hasta tres meses.
- Lo que supere el límite se reclama en el proceso de liquidación del banco, junto al resto de acreedores. Puede recuperarse en parte, pero tarda años.
El paso 3 esconde una lección útil: si todo tu dinero está en un único banco y quiebra, durante unos días no tendrás dónde recibir la devolución ni con qué pagar los recibos. Tener una segunda cuenta sin comisiones en otra entidad no cuesta nada y te da un plan B. Y ojo con los mensajes que dicen venir «del Fondo de Garantía» pidiéndote claves o datos de la tarjeta: el FGD nunca te pedirá contraseñas, es un gancho habitual de phishing.
7. Cómo organizarte si tienes más de 100.000 € ahorrados
La regla es sencilla: que en ninguna entidad (contando todas sus marcas) tengas más de 100.000 € en dinero por titular. Con eso, el Fondo de Garantía de Depósitos te cubre todo. Veamos tres situaciones típicas:
| Perfil | Ahorro | Reparto posible | Resultado |
|---|---|---|---|
| Persona sola | 150.000 € | Banco A: 80.000 € (nómina y colchón) · Banco B: 70.000 € (cuenta remunerada o depósito) | Todo cubierto, con margen para los intereses |
| Pareja con cuenta conjunta al 50 % | 250.000 € | Banco A: 150.000 € en la conjunta (75.000 € por persona) · Banco B: 100.000 € en otra conjunta (50.000 € por persona) | Todo cubierto |
| Persona que acaba de vender su casa | 320.000 € | Durante 3 meses, protegido como saldo temporalmente elevado; en ese plazo, repartir en 4 entidades o destinar una parte a letras del Tesoro o fondos | Cubierto si se reparte antes de que acabe el plazo |
Tres consejos para que el reparto no se convierta en un lío:
- No abras más cuentas de las que puedas vigilar. Dos o tres entidades bastan para la mayoría de los ahorradores. Cada cuenta nueva es otra contraseña, otra app y otro documento que revisar.
- Deja margen para los intereses. Con una cuenta remunerada al 2 % TAE, 98.000 € generan unos 1.960 € al año: en doce meses te habrías pasado del límite sin mover nada.
- Recuerda que el dinero del Estado no depende del FGD. Las letras del Tesoro compradas directamente al Tesoro Público están respaldadas por el Estado, no por ningún banco. Es una opción habitual para la parte que excede los 100.000 €.
Checklist rápida para revisar tu cobertura
- Haz una lista de todas tus cuentas, depósitos y valores con su saldo actual.
- Agrúpalas por el código de entidad del IBAN (cifras 5 a 8), no por el nombre comercial.
- En las cuentas conjuntas, asigna a cada titular su porcentaje.
- Suma por titular y entidad: ¿alguna pasa de 95.000 €?
- En neobancos y brókers, revisa si parte del saldo está en fondos monetarios o en entidades de pago.
- Repite la revisión una vez al año o cuando recibas un ingreso extraordinario.
Errores habituales con el Fondo de Garantía de Depósitos
Pensar que el límite es por cuenta. Abrir tres cuentas en el mismo banco no triplica la protección. Da igual si son cuentas corrientes, de ahorro o depósitos: todo suma.
Creer que dos marcas son dos bancos. Ocurre sobre todo con marcas digitales pensadas para jóvenes o para ahorro online. Antes de repartir, mira el código del IBAN.
Confundir garantía con rentabilidad asegurada. El Fondo de Garantía de Depósitos protege frente a la quiebra de la entidad, no frente a la inflación ni a las caídas de la bolsa. Un fondo de inversión puede perder un 20 % un año malo y el fondo de garantía no intervendrá.
Desconfiar de un banco solo porque sea extranjero. Un banco europeo con sucursal en España ofrece la misma cobertura mínima de 100.000 €. Lo que sí merece la pena es comprobar que se trata de un banco y no de una entidad de pago.
Tener todo en un solo sitio. Aunque estés por debajo del límite, una segunda cuenta en otra entidad te evita quedarte sin acceso a tu dinero durante los días que dure el proceso de devolución.
En definitiva, el Fondo de Garantía de Depósitos hace que el dinero de una cuenta en España sea de los ahorros más seguros que existen, siempre que respetes sus reglas: 100.000 € por titular y entidad, contando marcas, y sabiendo qué productos no son depósitos. Si quieres elegir dónde poner esa parte del ahorro, tienes comparadas las opciones en la guía de cuentas remuneradas y en la de fondos de inversión frente a depósitos.
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Preguntas frecuentes sobre el Fondo de Garantía de Depósitos
¿Los 100.000 € son por persona o por cuenta?
Por persona y por entidad. Se suman todas tus cuentas y depósitos en el mismo banco, incluidas sus marcas comerciales, y se aplica un único límite de 100.000 €. Si tienes dinero en dos bancos distintos, cada uno tiene su propio límite, de modo que podrías tener hasta 200.000 € cubiertos.
¿Tengo que pedir yo el dinero si mi banco quiebra?
No. El Fondo de Garantía de Depósitos contacta con los depositantes, les pide que confirmen sus datos y una cuenta en otra entidad, y paga en un máximo de 7 días hábiles. No hay que presentar una solicitud previa ni pagar gastos. Desconfía de cualquier mensaje que te pida claves bancarias en su nombre.
¿El Fondo de Garantía de Depósitos cubre los fondos de inversión?
No cubre sus pérdidas de valor. Los fondos son patrimonios separados del banco, así que la quiebra del banco no afecta a tus participaciones. Existe una garantía aparte de hasta 100.000 € para los valores depositados en la entidad, pero solo si esta no puede devolvértelos, no si bajan de precio.
¿Mi dinero en Revolut, N26 o ING está protegido?
Sí, pero por el fondo de su país de origen: Lituania en el caso de Revolut, Alemania en N26 y Países Bajos en ING. Todos cubren hasta 100.000 € por titular y pagan en 7 días hábiles. Revisa que el saldo esté en una cuenta del banco y no en productos de inversión, que no son depósitos.
¿Qué pasa con el dinero que supera los 100.000 €?
Pasa a ser un crédito frente al banco en liquidación. Podrías recuperar una parte cuando se vendan sus activos, pero el proceso dura años y no hay garantía. Por eso, si tienes más de esa cantidad, lo razonable es repartirla entre varias entidades o en productos que no dependan de un banco, como las letras del Tesoro.
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Fuentes consultadas
- Fondo de Garantía de Depósitos: preguntas frecuentes
- Fondo de Garantía de Depósitos: buscador de entidades adheridas
- BOE: Real Decreto 2606/1996, sobre fondos de garantía de depósitos de entidades de crédito (texto consolidado)
- BOE: Real Decreto-ley 16/2011, por el que se crea el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito
- Revolut España: información básica sobre la cobertura de los depósitos
- Trade Republic: cómo está asegurado mi depósito
- Rankia: Trade Republic cambia sus condiciones (septiembre de 2026)
Descargo de responsabilidad
Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento financiero personalizado ni una recomendación de contratar ningún producto. Hábitos de Ahorro no recibe comisión de ninguna entidad. La normativa y la información de las entidades citadas se han revisado en la web del FGD, en el BOE y en las webs oficiales de Revolut y Trade Republic el 29/09/2026 (el cambio de condiciones de Trade Republic, el 10/10/2026, según la información publicada por la prensa especializada); las condiciones pueden cambiar, así que consúltalas siempre en la fuente oficial.
Revisado por Daniel el 2 de octubre de 2026.




