Modelo 720: guía esencial en 7 claves para declarar cuentas

Qué es el modelo 720, quién debe presentarlo por sus cuentas en el extranjero, cómo se calcula el límite de 50.000 €, plazos y sanciones actuales, con un ejemplo práctico.

El modelo 720 es la declaración informativa con la que Hacienda quiere saber qué cuentas, valores, seguros e inmuebles tienes fuera de España. No es un impuesto: no pagas nada por presentarlo. Pero sí es una obligación que mucha gente desconoce, sobre todo desde que abrir una cuenta en un banco de otro país europeo se hace en cinco minutos desde el móvil.

En esta guía te explico, con un lenguaje sencillo, cuándo tienes que presentar el modelo 720 por tus cuentas en el extranjero, cómo se calcula el límite de 50.000 €, qué pasa en los años siguientes, cuánto cuesta equivocarse hoy y cómo se relaciona con el intercambio automático de información entre países. Al final tienes un ejemplo con números y un resumen de 7 claves para no liarte.

En resumen

  • El modelo 720 lo presentan los residentes fiscales en España que tienen más de 50.000 € en cuentas, en valores y seguros o en inmuebles situados en el extranjero (cada bloque por separado).
  • Se presenta del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente, solo por internet.
  • En los años siguientes solo hay que volver a presentarlo si un bloque sube más de 20.000 € o si cancelas algo que ya habías declarado.
  • Desde 2022 las sanciones son las generales de la Ley General Tributaria, mucho más bajas que las antiguas, que la justicia europea consideró desproporcionadas.
  • Presentar o no el 720 no cambia nada en tu declaración de la renta: los intereses de una cuenta extranjera siempre se declaran en el IRPF.

Qué es el modelo 720 y para qué sirve

El modelo 720 es la «declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero». Se creó en 2012 (Ley 7/2012, que añadió la disposición adicional decimoctava a la Ley General Tributaria) y se presentó por primera vez en 2013. Su objetivo es que la Agencia Tributaria tenga una foto del patrimonio que los residentes en España tienen fuera del país.

Lo más importante que debes entender es que es una declaración informativa, no un impuesto. Presentarla no genera ningún pago. Los impuestos que correspondan (por ejemplo, el IRPF por los intereses de una cuenta extranjera o el Impuesto sobre el Patrimonio si superas sus límites) se pagan en sus propias declaraciones, exista o no la obligación de presentar el modelo 720.

El modelo agrupa tres obligaciones distintas, que se valoran por separado:

BloqueQué incluyeCómo se valora
1. Cuentas en el extranjeroCuentas corrientes, de ahorro, depósitos, cuentas de crédito y cualquier cuenta en una entidad financiera situada fuera de EspañaSaldo a 31 de diciembre y saldo medio del último trimestre
2. Valores, seguros y rentasAcciones, fondos, ETF, bonos, seguros de vida o invalidez y rentas vitalicias o temporales depositados o contratados fueraValor de mercado o liquidativo a 31 de diciembre (según el tipo de activo)
3. InmueblesViviendas, locales o terrenos en el extranjero y derechos sobre ellosValor de adquisición
Los tres bloques del modelo 720. El límite de 50.000 € se aplica a cada bloque por separado.

En esta guía me centro en el primer bloque, las cuentas en el extranjero, que es el que más dudas genera entre quienes usan neobancos, han trabajado fuera o cobran en otro país. Las criptomonedas custodiadas fuera de España no van en este modelo, sino en el modelo 721, que funciona de forma parecida.

Quién tiene que presentar el modelo 720 por sus cuentas en el extranjero

Tienen que presentar el modelo 720 las personas y entidades residentes fiscales en España que, a 31 de diciembre, cumplan el límite de 50.000 € en alguno de los bloques. Eso incluye a particulares, sociedades, establecimientos permanentes de no residentes y entidades sin personalidad jurídica, como herencias yacentes o comunidades de bienes.

Un detalle que sorprende a mucha gente: no solo declara el titular. También tienen que presentarlo, si se supera el límite, quienes figuren en la cuenta como autorizados, beneficiarios o con poder de disposición, y los titulares reales. Si eres autorizado en la cuenta alemana de tu madre, por ejemplo, esa cuenta también cuenta para ti.

La clave es la residencia fiscal, no la nacionalidad

Da igual que seas español o extranjero. Lo que importa es si eres residente fiscal en España, que en general ocurre cuando pasas más de 183 días al año en el país o cuando aquí está el núcleo principal de tus intereses económicos. Un alemán que se jubila en Alicante y vive allí todo el año tendrá que presentar el modelo 720 por sus cuentas en Alemania si superan el límite. Un español que trabaja en Irlanda y es residente fiscal allí, no.

Cuándo no hay que declarar una cuenta

  • Si la suma de tus cuentas en el extranjero no supera 50.000 € ni a 31 de diciembre ni en el saldo medio del último trimestre.
  • Si ya presentaste el modelo en años anteriores y no se da ninguno de los supuestos que obligan a presentarlo de nuevo (lo vemos más abajo).
  • Si la cuenta no está en una entidad situada en el extranjero. Cuando un banco extranjero opera en España a través de una sucursal española y abres la cuenta en esa sucursal, con un IBAN que empieza por ES, en general no se considera una cuenta situada en el extranjero. Lo relevante es dónde está la entidad o la sucursal que te abre la cuenta, no la nacionalidad del banco.
  • En el caso de empresas y autónomos, si las cuentas están registradas de forma individualizada en su contabilidad, con algunos requisitos.

Cómo se calcula el límite de 50.000 € del modelo 720

Modelo 720 y cuentas en el extranjero: rascacielos de un distrito financiero europeo
Abrir una cuenta en un banco de otro país de la UE es muy fácil; lo que muchos no saben es que, por encima de 50.000 €, hay que informar de ella.

Para las cuentas, la Agencia Tributaria mira dos cifras y las suma de todas tus cuentas en el extranjero:

  1. El saldo a 31 de diciembre de todas tus cuentas fuera de España.
  2. El saldo medio del último trimestre (octubre, noviembre y diciembre) de esas mismas cuentas.

Si cualquiera de las dos sumas supera 50.000 €, tienes que presentar el modelo 720 e incluir todas las cuentas del bloque, aunque alguna tenga muy poco dinero. Si ninguna de las dos supera el límite, no tienes que presentarlo por ese bloque.

Tres detalles que conviene tener claros:

  • Cuentas en otra moneda: se pasan a euros con el tipo de cambio a 31 de diciembre.
  • Cuentas con varios titulares: cada titular o autorizado tiene en cuenta el saldo total de la cuenta para calcular el límite, no solo «su parte». En la declaración se indica después el porcentaje de participación.
  • Los bloques no se suman entre sí: 40.000 € en cuentas y 40.000 € en acciones de un bróker extranjero no obligan a declarar ninguno de los dos, porque ningún bloque supera 50.000 € por sí solo.

Cuándo hay que volver a presentar el modelo 720 en los años siguientes

Una vez que presentas el modelo 720 por primera vez, no tienes que repetirlo cada año. Solo tienes que volver a presentarlo cuando se dé alguno de estos casos:

  • El valor conjunto de un bloque ha aumentado más de 20.000 € respecto al que se tuvo en cuenta en la última declaración presentada.
  • Has cancelado una cuenta o has dejado de ser titular, autorizado o beneficiario de algo que ya habías declarado. En ese caso se informa de la cancelación y de su fecha.

Cuando toca volver a presentarlo, se declaran todas las cuentas del bloque, no solo las nuevas. Por eso es muy útil guardar una copia de cada modelo 720 que presentes y un pequeño registro con los saldos que declaraste: así sabrás si has subido más de 20.000 € sin tener que reconstruir tus números de memoria.

Ejemplo práctico: cuándo toca presentar el modelo 720

Veamos el caso de Marta, residente fiscal en España, que trabajó varios años en los Países Bajos y conserva allí una cuenta de ahorro. Además, hace dos años abrió una cuenta en un neobanco alemán con IBAN alemán. No tiene inversiones ni inmuebles fuera. Así evolucionan sus saldos:

AñoSaldo a 31/12 (suma de cuentas)Saldo medio del 4.º trimestre¿Presenta el 720?Motivo
Año 146.000 €47.500 €NoNinguna de las dos cifras supera 50.000 €
Año 249.000 €53.000 €SíEl saldo medio del último trimestre supera 50.000 €
Año 361.000 €60.000 €NoHa subido menos de 20.000 € respecto a lo declarado (53.000 €)
Año 475.000 €72.000 €SíHa subido más de 20.000 € respecto a lo declarado (53.000 €)
Año 540.000 €58.000 €SíEn noviembre canceló la cuenta holandesa, que ya había declarado
Ejemplo orientativo. Cálculo propio a partir de las reglas generales del modelo 720.

Fíjate en el año 2: a 31 de diciembre Marta tenía menos de 50.000 €, pero como en octubre y noviembre tuvo más dinero en esas cuentas, el saldo medio del trimestre supera el límite y está obligada. Es uno de los errores más habituales: mirar solo el saldo del último día del año.

Y en el año 5 tiene que presentarlo aunque el saldo haya bajado, porque ha cancelado una cuenta que figuraba en una declaración anterior. Además, en todos los años, con o sin modelo 720, Marta tiene que incluir en su declaración de la renta los intereses que le hayan pagado esas cuentas.

Cómo se presenta el modelo 720 paso a paso

El modelo 720 se presenta solo por internet, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al que se refiere la información. Para hacerlo necesitas identificarte con certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve.

  1. Reúne los datos de cada cuenta: nombre y dirección de la entidad, código BIC, número completo de la cuenta (IBAN), fecha de apertura o de cancelación, saldo a 31 de diciembre y saldo medio del último trimestre. Tu banco extranjero suele darte un certificado de saldos si se lo pides.
  2. Calcula los saldos en euros con el tipo de cambio a 31 de diciembre si la cuenta está en otra moneda.
  3. Entra en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en el apartado de declaraciones informativas, modelo 720.
  4. Rellena un registro por cada cuenta, indicando tu condición (titular, autorizado, beneficiario…), el porcentaje de participación y el origen del bien (alta, incremento de más de 20.000 € o extinción).
  5. Valida, firma y envía la declaración. Descarga y guarda el justificante en PDF.

Si solo tienes una o dos cuentas, el formulario es asumible por tu cuenta con un poco de paciencia. Si tienes inversiones, seguros o inmuebles en varios países, o dudas sobre tu residencia fiscal, lo sensato es apoyarte en un asesor fiscal colegiado.

Sanciones del modelo 720: qué cambió en 2022

Durante años, el modelo 720 tuvo fama de ser la declaración más temida de España. Tenía un régimen de sanciones propio: multas fijas de 5.000 € por cada dato no declarado (con un mínimo de 10.000 €), una sanción del 150 % sobre el valor de lo no declarado, que se trataba como ganancia patrimonial no justificada, y además esa ganancia no prescribía nunca.

El 27 de enero de 2022, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (asunto C-788/19) concluyó que ese régimen era desproporcionado y contrario a la libre circulación de capitales. Poco después, la Ley 5/2022, de 9 de marzo, eliminó el régimen especial, suprimió la regla de la imprescriptibilidad y pasó a aplicar al modelo 720 las sanciones generales de la Ley General Tributaria para las declaraciones informativas.

SituaciónRégimen anterior (hasta 2022)Régimen actual
No presentar, o presentar con datos incompletos o falsos5.000 € por dato, mínimo 10.000 €20 € por dato o conjunto de datos, mínimo 300 € y máximo 20.000 €
Presentar fuera de plazo sin que Hacienda lo haya pedido100 € por dato, mínimo 1.500 €La mitad: 10 € por dato, mínimo 150 € y máximo 10.000 €
Bienes no declaradosGanancia patrimonial no justificada sin plazo de prescripción, más una multa del 150 %Plazos de prescripción ordinarios
Resumen orientativo del régimen sancionador, basado en la Ley 5/2022 y en los artículos 198 y 199 de la Ley General Tributaria. Consulta siempre el texto vigente.

Es decir, olvidarse del modelo 720 ya no es la catástrofe que era, pero sigue teniendo coste. Si te das cuenta de que debiste presentarlo, lo más razonable es hacerlo cuanto antes por tu cuenta: la sanción se reduce a la mitad si lo presentas antes de que Hacienda te lo pida.

Modelo 720 e intercambio automático de información (CRS)

Hay quien piensa que, si no presenta el modelo 720, Hacienda nunca sabrá que tiene una cuenta fuera. No es así. Desde 2017, más de un centenar de países intercambian cada año datos de las cuentas financieras de los no residentes gracias al Estándar Común de Comunicación de Información (CRS) de la OCDE y, dentro de la Unión Europea, a la directiva de cooperación administrativa (DAC2).

En la práctica, tu banco en Alemania, Irlanda, Lituania o Países Bajos comunica a su administración tributaria que eres residente en España, junto con el saldo de tu cuenta y los intereses que has cobrado, y esa administración se lo envía a la Agencia Tributaria. El modelo 720 y el CRS son dos vías distintas: una es tu obligación de informar y la otra es la información que envían los bancos. Lo que Hacienda recibe por el CRS le permite comprobar si has cumplido.

Tener una cuenta en el extranjero es perfectamente legal. En la Unión Europea puedes abrir una cuenta en cualquier país y usarla para cobrar la nómina o domiciliar recibos. Lo único que se te pide es transparencia: informar cuando corresponda y declarar los rendimientos. Si quieres entender mejor cómo funciona el día a día con estas entidades, te lo cuento en la comparativa de neobancos internacionales para españoles.

Modelo 720, renta y otros impuestos: no los confundas

Esta es la confusión más frecuente. El modelo 720 solo informa de lo que tienes; no sustituye a ninguna otra declaración ni te exime de ninguna:

  • IRPF (declaración de la renta): los intereses de cualquier cuenta en el extranjero se declaran como rendimientos del capital mobiliario, sin importe mínimo. Como el banco extranjero no te practica retención española, esos intereses no aparecerán en tus datos fiscales: tendrás que añadirlos tú. Si te han retenido impuestos en el otro país, puede que puedas aplicar la deducción por doble imposición internacional.
  • Impuesto sobre el Patrimonio: solo afecta a patrimonios elevados y depende de tu comunidad autónoma. Las cuentas en el extranjero cuentan igual que las españolas.
  • Modelo 721: es el equivalente del 720 para las monedas virtuales custodiadas por entidades en el extranjero, también con un límite de 50.000 €.

Si tienes una cuenta remunerada en el extranjero, te ayudará entender cómo se calcula lo que te pagan realmente: lo explico en la diferencia entre TIN y TAE.

Las 7 claves del modelo 720 para tus cuentas en el extranjero

  1. Solo afecta a residentes fiscales en España. La nacionalidad no importa.
  2. El límite es de 50.000 € por bloque: cuentas, valores y seguros, e inmuebles se valoran por separado.
  3. En las cuentas se miran dos cifras: el saldo a 31 de diciembre y el saldo medio del último trimestre. Basta con que una supere el límite.
  4. Cuentan titulares, autorizados y beneficiarios, y cada uno computa el saldo total de la cuenta.
  5. Después de la primera vez, solo se vuelve a presentar si un bloque sube más de 20.000 € o si cancelas algo ya declarado.
  6. El plazo va del 1 de enero al 31 de marzo y se presenta solo por internet.
  7. El 720 no sustituye a la renta: los intereses de tus cuentas fuera de España se declaran siempre en el IRPF.

Errores habituales con el modelo 720

  • Mirar solo el saldo a 31 de diciembre y olvidar el saldo medio del último trimestre.
  • Contar solo la parte propia en una cuenta compartida, cuando para el límite se toma el saldo total.
  • Olvidar las cuentas en las que eres autorizado, como la de un familiar que vive fuera.
  • No volver a presentarlo al cancelar una cuenta que ya habías declarado.
  • Creer que presentar el 720 ya es declarar a Hacienda y no incluir los intereses en la renta.
  • Fijarse solo en el IBAN sin comprobar si la cuenta está abierta en una sucursal española o en la entidad del otro país.

Cómo organizarte si tienes cuentas en el extranjero

Si usas cuentas fuera de España de forma habitual, un poco de orden te ahorra sustos cada mes de marzo. Esta es la rutina sencilla que recomiendo:

  • Descarga cada enero el extracto o certificado de saldos de todas tus cuentas extranjeras a 31 de diciembre y el detalle de intereses del año.
  • Apunta en una hoja de cálculo los saldos de octubre, noviembre y diciembre para estimar el saldo medio del trimestre.
  • Guarda los justificantes de cada modelo 720 que presentes, con los importes declarados, para comparar el año siguiente.
  • Revisa tus datos fiscales antes de la renta y añade a mano los intereses de las cuentas extranjeras.

Y si no necesitas tener el dinero fuera, pregúntate si te compensa: hoy hay cuentas sin comisiones en España y neobancos con IBAN español que simplifican mucho el papeleo.

Conclusión

El modelo 720 asusta más por su historia que por lo que exige hoy. Si eres residente fiscal en España y tus cuentas en el extranjero superan 50.000 € a final de año o en el último trimestre, tienes que presentarlo entre enero y marzo; después, solo cuando suban más de 20.000 € o canceles algo. Las sanciones actuales son las generales y bastante más razonables que las antiguas, pero lo más cómodo sigue siendo tenerlo controlado desde el principio y no olvidar declarar los intereses en la renta.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar el modelo 720 si mi cuenta en el extranjero tiene 10.000 €?

No, siempre que la suma de todas tus cuentas en el extranjero no supere 50.000 € ni a 31 de diciembre ni en el saldo medio del último trimestre. Aun así, los intereses que te pague esa cuenta sí debes incluirlos en tu declaración de la renta, porque ahí no hay importe mínimo.

¿Una cuenta en un neobanco con IBAN extranjero cuenta para el modelo 720?

Sí, si la cuenta está abierta en una entidad situada fuera de España cuenta como cuenta en el extranjero, aunque la uses a diario desde tu móvil en España. Si el neobanco te ha trasladado a una sucursal española con IBAN ES, en general deja de serlo. Revisa en tu contrato qué entidad o sucursal es la titular de tu cuenta.

¿Qué pasa si me olvidé de presentar el modelo 720 en años anteriores?

Puedes presentarlo fuera de plazo. Si lo haces antes de que Hacienda te lo requiera, la sanción general se reduce a la mitad: 10 € por dato, con un mínimo de 150 €. Si tienes varios ejercicios afectados o rendimientos sin declarar, conviene que lo revise un asesor fiscal para regularizarlo todo a la vez.

¿Presentar el modelo 720 significa pagar más impuestos?

No. Es una declaración informativa y no tiene cuota a pagar. Los impuestos que pagues dependen de tus rendimientos (IRPF) y, en su caso, de tu patrimonio, exactamente igual que si tuvieras ese dinero en un banco español.

¿Mi pareja y yo tenemos que presentar cada uno el modelo 720 por una cuenta conjunta?

Sí. Si la cuenta supera el límite, cada cotitular presenta su propio modelo 720 e indica su porcentaje de participación. Para calcular si se llega a 50.000 €, cada uno tiene en cuenta el saldo total de la cuenta, no solo la mitad.

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Fuentes consultadas

Descargo de responsabilidad

Este artículo es divulgativo y no constituye asesoramiento fiscal personalizado. La normativa tributaria cambia y cada situación tiene matices (residencia fiscal, tipo de activo, cotitularidad…). Consulta siempre la información oficial de la Agencia Tributaria y, si tienes dudas sobre tu caso, a un asesor fiscal. Datos revisados el 24/09/2026.

Revisado por Daniel el 24 de septiembre de 2026.

Daniel
Daniel

Soy Daniel, ingeniero de formación y fundador de Hábitos de Ahorro. Llevo más de 15 años organizando mis finanzas personales: presupuestos, cuentas, tarjetas y ahorro. Aquí explico de forma práctica y sin tecnicismos lo que he aprendido. Contenido divulgativo, no asesoramiento financiero personalizado.

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