CRS y Hacienda son dos palabras que aparecen juntas cada vez que alguien busca «bancos que no informan a Hacienda» o «neobancos que no informan a Hacienda». La respuesta corta es incómoda pero útil: si vives en España, hoy prácticamente cualquier banco o neobanco al que puedas acceder de forma legal comunica tus datos a la Agencia Tributaria, ya sea directamente o a través del intercambio automático entre países.
En esta guía te explico qué es el CRS, qué datos concretos envía tu banco, cuándo llegan a Hacienda, qué cambia si tu neobanco tiene IBAN español o extranjero y, sobre todo, qué tienes que declarar tú para no llevarte un susto. Incluyo un ejemplo con números de lo que cuesta olvidarse de unos intereses y las novedades de 2026 (criptomonedas y dinero electrónico).
En resumen
- El CRS es el estándar de la OCDE por el que los bancos de más de un centenar de países informan cada año de las cuentas de los no residentes. España lo aplica desde 2017.
- Tu banco extranjero envía a su administración tu nombre, NIF, residencia fiscal, saldo a 31 de diciembre e intereses, y esa administración se lo remite a Hacienda antes del 30 de septiembre del año siguiente.
- Los neobancos con IBAN español (Revolut, N26, Trade Republic…) informan directamente a Hacienda, retienen el 19 % de los intereses y estos aparecen en tu borrador de la renta.
- Con IBAN extranjero, los intereses no salen en el borrador: tienes que añadirlos tú. Y si tus cuentas fuera superan 50.000 €, también presentar el modelo 720.
- Desde el 1 de enero de 2026 el intercambio se amplía al dinero electrónico y a las criptomonedas (DAC8). El primer envío de esos datos será en 2027.
Qué es el CRS y qué tiene que ver con Hacienda
El CRS (Common Reporting Standard, en español Estándar Común de Comunicación de Información) es un sistema creado por la OCDE en 2014 para que los países intercambien de forma automática los datos de las cuentas financieras que tienen en sus bancos personas residentes en otros países. Dentro de la Unión Europea se aplica a través de la directiva de cooperación administrativa conocida como DAC2.
La idea es sencilla. Antes, si abrías una cuenta en otro país, Hacienda solo lo sabía si tú lo declarabas o si lo pedía expresamente a ese país en una investigación concreta. Con el CRS, el banco tiene la obligación de preguntarte dónde eres residente fiscal y, cada año, informa de tu cuenta a su propia administración tributaria. Esa administración agrupa los datos por países y se los envía a cada uno. Así es como se relacionan CRS y Hacienda: la Agencia Tributaria recibe cada año la información de las cuentas que los residentes en España tienen fuera.
No es un sistema pequeño. Según el último informe de la OCDE, 116 jurisdicciones ya intercambian información con este estándar y, solo en 2024, se enviaron datos de más de 171 millones de cuentas con un valor cercano a 13 billones de euros. España fue de los primeros países en aplicarlo: el primer intercambio se hizo en septiembre de 2017, con los datos de 2016.
CRS y Hacienda en España: el modelo 289
El sistema funciona en las dos direcciones. Los bancos españoles presentan cada año el modelo 289 (entre el 1 de enero y el 31 de mayo) con los datos de sus clientes residentes en otros países, y la Agencia Tributaria se los envía a esos países. A la vez, Hacienda recibe de los demás países los datos de los residentes en España. Por eso, cuando abres una cuenta en un banco de otro país, te piden una «autocertificación de residencia fiscal» con tu NIF: es el dato que usan para saber a quién informar.
Qué datos envía tu banco a Hacienda con el CRS
Mucha gente imagina que Hacienda ve cada compra con la tarjeta. No es así: el CRS no envía movimientos, sino una foto anual de la cuenta. Estos son los datos que se comunican:
| Dato | Qué significa en la práctica |
|---|---|
| Titular | Nombre, dirección, fecha y lugar de nacimiento |
| Residencia y NIF | País de residencia fiscal y número de identificación fiscal (tu DNI o NIE) |
| Entidad y cuenta | Nombre del banco y número de cuenta |
| Saldo | Saldo o valor de la cuenta a 31 de diciembre (o al cierre, si la cancelaste durante el año) |
| Rendimientos | Intereses, dividendos y otros ingresos pagados en el año |
| Ventas | En cuentas de valores, el importe bruto de las ventas o reembolsos |
Esa es la base de la relación entre CRS y Hacienda: con esos datos, la Agencia Tributaria puede cruzar lo que tú has declarado con lo que le cuenta el banco. Si tienes 20.000 € en una cuenta alemana que te ha pagado 400 € de intereses y en tu declaración de la renta no aparece ningún rendimiento del extranjero, el sistema lo detecta.
Cuándo llega la información del CRS a Hacienda
El intercambio entre CRS y Hacienda tiene un calendario fijo. Tomando como ejemplo los intereses cobrados en 2026:
| Momento | Qué ocurre |
|---|---|
| Año 2026 | Tienes la cuenta y cobras intereses |
| Primer semestre de 2027 | El banco extranjero informa a su administración tributaria (en España, con el modelo 289) |
| Abril a junio de 2027 | Haces tu declaración de la renta de 2026 en España |
| Hasta el 30 de septiembre de 2027 | La administración del otro país envía los datos a la Agencia Tributaria |
| Desde finales de 2027 | Hacienda cruza los datos con tu declaración y puede enviarte un requerimiento |
Fíjate en un detalle: cuando haces la renta, Hacienda todavía no ha recibido los datos del CRS de ese año. Este desfase entre CRS y Hacienda explica por qué los intereses de una cuenta extranjera no aparecen en tu borrador. Que no salgan no significa que Hacienda no se vaya a enterar; significa que se enterará unos meses después, cuando la declaración ya esté presentada.
¿Existen bancos que no informan a Hacienda?
Es la pregunta que trae aquí a la mayoría de lectores, así que vamos a responderla con claridad. Para un residente en España que quiere un banco con el que operar en su día a día, no hay bancos que no informen a Hacienda. Lo que cambia es el camino por el que llega la información:
| Tipo de entidad | Ejemplos | Cómo llega la información a Hacienda | ¿Sale en el borrador? |
|---|---|---|---|
| Banco español | BBVA, Santander, ING, Openbank… | Directamente, con declaraciones informativas anuales (por ejemplo, el modelo 196 de cuentas y rendimientos) | Sí |
| Neobanco o bróker con sucursal en España e IBAN ES | Revolut, N26, Trade Republic (cuentas migradas a IBAN ES) | Directamente, como cualquier banco español, y retienen el 19 % de los intereses | Sí, en general |
| Banco o neobanco de otro país de la UE sin sucursal española | Wise (IBAN belga), bancos alemanes, holandeses, lituanos… | Por el intercambio automático DAC2/CRS, al año siguiente | No: los añades tú |
| Banco de un país europeo fuera de la UE | Suiza, Andorra, Reino Unido, Noruega… | Por el CRS, al año siguiente | No |
| Banco de Estados Unidos | Bancos y brókers estadounidenses | EE. UU. no aplica el CRS, pero tiene un acuerdo FATCA con España que incluye el envío de cierta información | No |

¿Y las cuentas en países que no aplican el CRS?
Quedan pocos territorios fuera del intercambio y, para un particular, no son una alternativa real. Suelen exigir grandes saldos, empresa o residencia local, cobran comisiones altas y ofrecen menos garantías y supervisión. Pero lo más importante es otra cosa: el CRS no crea tus obligaciones fiscales, solo ayuda a comprobarlas. Si eres residente fiscal en España, tienes que declarar tus intereses y, en su caso, presentar el modelo 720 igual, esté tu cuenta en Madrid, en Berlín o en un país sin CRS. Además, España mantiene una lista de jurisdicciones no cooperativas y aplica reglas más duras a las operaciones con ellas.
Por eso en Hábitos de Ahorro no recomendamos ni enumeramos supuestos bancos que no informan a Hacienda: buscar una cuenta para que Hacienda no se entere no es un producto de ahorro, es un riesgo. Lo útil es entender cómo funciona el sistema y aprovechar las ventajas legales que sí tienen las cuentas en el extranjero: mejores intereses en ocasiones, cuentas multidivisa o comodidad si has vivido fuera.
Neobancos y Hacienda: IBAN español o IBAN extranjero
Entre neobancos y Hacienda la relación ha cambiado mucho: en los últimos años varios neobancos han abierto sucursal en España y han pasado a sus clientes a un IBAN que empieza por ES. Revolut asigna IBAN español a los nuevos clientes residentes en España y está migrando a los antiguos (que tenían IBAN lituano); N26 da IBAN español a sus clientes en España; y Trade Republic registró su sucursal en el Banco de España en marzo de 2025 y empezó a migrar cuentas a IBAN español a partir de junio de ese año. Wise, en cambio, sigue funcionando con IBAN belga.
Para tu relación entre neobancos y Hacienda, el IBAN cambia bastante las cosas:
| Aspecto | Cuenta con IBAN ES (sucursal española) | Cuenta con IBAN extranjero |
|---|---|---|
| Retención de los intereses | Sí, el 19 % (como un banco español) | No hay retención española |
| Intereses en el borrador de la renta | Sí, en general | No: hay que añadirlos a mano |
| ¿Cuenta como cuenta en el extranjero para el modelo 720? | En general, no | Sí |
| Cómo se entera Hacienda | Declaraciones informativas españolas | CRS/DAC2 al año siguiente |
| Domiciliar nómina, recibos e impuestos | Sin problemas | Algunas empresas y administraciones ponen pegas |
Mi consejo práctico: antes de hacer la renta, abre la app de cada neobanco y comprueba qué IBAN tiene tu cuenta y desde qué fecha. Si es ES, revisa que los intereses y la retención que ves en tus datos fiscales coinciden con el resumen anual del banco. Si es extranjero, pon un recordatorio cada abril para descargar ese resumen y apuntar los intereses en tu declaración: son cinco minutos que te ahorran una carta de Hacienda. Si quieres ver cómo se comparan estos bancos en comisiones y servicios, lo tienes en la comparativa de N26, Bnext y Revolut.
Ejemplo con números: lo que cuesta olvidar unos intereses
Lucía vive en Valencia. Tiene 12.000 € en una cuenta remunerada de un banco alemán, con IBAN alemán, que le paga un 2,5 % anual. En 2026 cobra 300 € de intereses. Como el banco no le retiene nada en España, esos intereses no aparecen en su borrador.
| Escenario | Qué paga Lucía |
|---|---|
| A. Declara los 300 € en su renta de 2026 | 57 € de IRPF (19 % en la base del ahorro). Nada más. |
| B. Se da cuenta a los 5 meses y presenta una declaración complementaria por su cuenta | 57 € + recargo del 5 % (1 % por cada mes completo de retraso) = unos 60 € |
| C. No lo declara y Hacienda la regulariza tras recibir los datos del CRS | 57 € + intereses de demora + una sanción que parte del 50 % de lo no ingresado (28,50 €), reducible si acepta y paga en plazo |
Con 300 € de intereses el susto es pequeño, pero el esquema es el mismo con cifras mayores, y a partir de 12 meses de retraso el recargo sube al 15 % más intereses de demora. La conclusión práctica es clara: declarar a tiempo sale siempre más barato, y si te has olvidado, corregirlo tú antes de que llegue la carta de Hacienda cuesta mucho menos que esperar. Así funciona en la práctica el cruce entre CRS y Hacienda.
Un apunte sobre los tipos: en 2026 los rendimientos del ahorro tributan al 19 % hasta 6.000 €, al 21 % entre 6.000 y 50.000 €, al 23 % entre 50.000 y 200.000 €, al 27 % entre 200.000 y 300.000 € y al 30 % por encima. Si quieres calcular bien lo que te paga una cuenta antes de impuestos, repasa la diferencia entre TIN y TAE.
CRS y Hacienda: qué tienes que declarar tú
En la relación entre CRS y Hacienda, el intercambio es lo que hacen los bancos. Tus obligaciones como residente fiscal en España son otras y conviene tenerlas en una lista:
- IRPF: los intereses de cualquier cuenta, en España o fuera, se declaran como rendimientos del capital mobiliario, sin importe mínimo. Si el otro país te retuvo impuestos, puedes aplicar la deducción por doble imposición internacional con los límites del convenio.
- Modelo 720: si la suma de tus cuentas en el extranjero supera 50.000 € a 31 de diciembre o de media en el último trimestre, presentas esta declaración informativa entre el 1 de enero y el 31 de marzo. No es un impuesto, solo informa. Te lo explico paso a paso en la guía del modelo 720.
- Modelo 721: el equivalente para criptomonedas custodiadas por entidades en el extranjero, también a partir de 50.000 €.
- Impuesto sobre el Patrimonio: solo si tu patrimonio supera los límites de tu comunidad autónoma. Las cuentas de fuera cuentan igual que las españolas.
- Autocertificación de residencia: si cambias de país de residencia, avisa a tus bancos. Dar un país que no es el tuyo en la autocertificación es precisamente lo que el sistema está diseñado para detectar.

CRS y Hacienda en 2026: criptomonedas, dinero electrónico y CRS ampliado
El intercambio de información no deja de crecer. Estas son las novedades que ya están en marcha:
- DAC8 y criptomonedas: desde el 1 de enero de 2026, los proveedores de servicios de criptoactivos que operan en la UE recopilan datos de sus clientes y de sus operaciones para comunicarlos a Hacienda. Es la versión europea del marco CARF de la OCDE. El primer intercambio, con los datos de 2026, está previsto para 2027.
- Dinero electrónico: el CRS ampliado incluye productos de dinero electrónico (algunos monederos y cuentas de pago) que antes quedaban fuera, así como las futuras monedas digitales de bancos centrales.
- Más datos por cuenta: la nueva versión del estándar pide, por ejemplo, indicar si la cuenta es nueva o preexistente, si es conjunta y el papel de cada titular. Según la OCDE, 84 de 124 jurisdicciones prevén empezar a intercambiar con el CRS ampliado en 2027.
Traducido a la vida real: si tienes criptomonedas en un exchange o dinero en una app de pagos extranjera, a partir de ahora debes asumir que Hacienda también tendrá esa información.
Errores habituales con el CRS y Hacienda
- Pensar que si no sale en el borrador, no hay que declararlo. Los intereses de una cuenta con IBAN extranjero casi nunca salen en el borrador.
- Confundir el modelo 720 con la renta. Aunque no llegues a 50.000 €, los intereses se declaran igual en el IRPF.
- No revisar el IBAN después de una migración. Si tu neobanco te pasó a IBAN ES a mitad de año, puedes tener intereses con retención (ya en el borrador) y otros sin ella (a añadir a mano).
- Olvidar las cuentas «dormidas». La cuenta que abriste de Erasmus o cuando trabajabas fuera sigue informándose cada año mientras exista.
- Buscar bancos que no informan a Hacienda. Además de no ser legal ocultar rendimientos, suelen ser caros, poco supervisados y de difícil acceso.
Las 7 claves sobre el CRS y Hacienda
- Tener una cuenta en el extranjero es legal; lo que hay que hacer es declararla bien.
- El CRS informa del saldo y de los rendimientos, no de cada movimiento.
- Los datos llegan a Hacienda antes del 30 de septiembre del año siguiente, después de que hayas hecho la renta.
- Con IBAN español, el neobanco informa directamente, retiene el 19 % y los intereses salen en el borrador.
- Con IBAN extranjero, tú añades los intereses a la renta y vigilas el límite de 50.000 € del modelo 720.
- Si te olvidaste, corrígelo tú: los recargos por presentar tarde son mucho menores que las sanciones.
- Desde 2026 el control llega a criptomonedas y dinero electrónico, con el primer intercambio en 2027.
Conclusión
La pregunta útil no es buscar bancos que no informan a Hacienda, sino cómo organizar tus cuentas para declarar sin esfuerzo. Si buscas sencillez, una cuenta con IBAN español te lo da casi todo hecho. Si prefieres un banco o neobanco extranjero por sus condiciones, perfecto: apunta los intereses cada año, vigila el límite del modelo 720 y guarda los extractos. Con eso, el CRS deja de ser una amenaza y pasa a ser simplemente algo que ya sabes cómo funciona. Si todavía estás eligiendo cuenta, empieza por nuestra guía de cuentas sin comisiones.
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Preguntas frecuentes sobre CRS y Hacienda
¿Hay neobancos o bancos que no informan a Hacienda?
Ninguno de los que operan legalmente con clientes en España. Los que tienen sucursal española e IBAN ES, como Revolut, N26 o Trade Republic, informan directamente a la Agencia Tributaria. Los que operan desde otro país de la UE, como Wise, informan a su administración tributaria, que envía los datos a España por el CRS. La diferencia está en si los intereses salen o no en tu borrador.
¿Hacienda ve todos los movimientos de mi cuenta extranjera?
No de forma automática. El CRS envía el saldo a 31 de diciembre, los intereses y otros rendimientos, y el importe de las ventas en cuentas de valores. Los movimientos concretos solo los podría pedir Hacienda en una comprobación, a través de los mecanismos de asistencia entre países.
Tengo menos de 50.000 € fuera, ¿tengo que declarar algo?
No tienes que presentar el modelo 720, pero sí incluir en tu declaración de la renta los intereses o dividendos que hayas cobrado, sea cual sea el importe. Si la cuenta no ha generado ningún rendimiento y no llegas al límite, no hay nada que declarar por ella.
¿El CRS se aplica también a las cuentas en España?
El CRS es para residentes en otros países, así que no se usa para tus cuentas españolas si vives en España. Pero no hace falta: los bancos españoles ya informan cada año a la Agencia Tributaria de los saldos y rendimientos de todas las cuentas, y por eso esos datos aparecen en tu borrador.
Me olvidé de declarar intereses de años anteriores, ¿qué hago?
Presenta una declaración complementaria de cada año afectado que no haya prescrito (en general, los últimos cuatro). Si lo haces antes de que Hacienda te lo pida, pagarás un recargo del 1 % por mes de retraso (15 % pasados 12 meses, más intereses de demora), sin sanción. Si hay importes altos o varios años, consulta con un asesor fiscal.
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Fuentes consultadas
- OCDE: intercambio automático de información de cuentas financieras (CRS)
- OCDE: Peer Review of the Automatic Exchange of Financial Account Information, 2025
- Agencia Tributaria: modelo 289, declaración informativa anual de cuentas financieras
- BOE: Orden HAP/1695/2016, por la que se aprueba el modelo 289
- EUR-Lex: Directiva (UE) 2023/2226 (DAC8)
- BOE: Ley 58/2003, General Tributaria (texto consolidado)
Descargo de responsabilidad
Este artículo es divulgativo y no constituye asesoramiento fiscal personalizado. No promueve ni facilita la ocultación de rentas o patrimonio. La normativa cambia y cada caso tiene matices (residencia fiscal, tipo de producto, convenios de doble imposición…). Consulta siempre la información oficial de la Agencia Tributaria y, si tienes dudas, a un asesor fiscal. Datos revisados el 25/09/2026.
Revisado por Daniel el 25 de septiembre de 2026.



